Bogotá Junio 7

Señor Iván Lombana

Por recomendación de la doctora Diva Sandoval, quien me hizo llegar este proyecto, estoy remitiendo mis comentarios directamente a su despacho.
Yo trabajé durante 7 años como coordinadora del Programa de Apoyo a la Discapacidad de la Consejería Presidencial de Programas Especiales de la anterior administración y en la actualidad pertenezco a la Red Pensar desde la Diferencia para Sumarnos a lo Colectivo, red integrada por 115 organizaciones de personas con y para discapacidad de 11 departamentos del país.
En el documento anexo van los comentarios en control de cambios, sin embargo quiero resaltar algunas consideraciones, no sin antes aclarar que dichos comentarios van con ánimo constructivo y fraterno y con el único interés de aportar al desarrollo de la inclusión plena de la población con discapacidad - PCD.
· La ley, como es de suponer, se enmarca en la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, pero en su desarrollo interno se apoya en el modelo médico de discapacidad que son los lineamientos de OMS/OPS. Estos son válidos para la atención en salud y rehabilitación de las PCD pero es necesario enfocar las leyes y la Política Pública de Discapacidad en un desarrollo acorde con el enfoque de derechos. La tarea de Colombia con la Convención es trascender el modelo médico hacia un modelo de Derechos.

· Para ejemplificar, todos los protagonistas internacionales de la Convención que han venido a Colombia, han explicado insistentemente, como la Prevención es un asunto de Salud Pública que no se considera en el tema de la Convención pues esta es para garantizar los derechos de las personas que ya tienen una discapacidad.

· Si Colombia ratificó, después de muchos esfuerzos de la sociedad civil sobre todo, la Convención de la ONU, no parece procedente desarrollar una ley que se fundamenta en acciones afirmativas. Estas son utilizadas para impulsar reconocimiento de una población cuando esta no ha sido reconocida, pero en Colombia tenemos ya la Convención y un Sistema Nacional de Discapacidad encabezado por un Consejo Nacional de Discapacidad -CND. La tarea es entonces impulsar la garantía plena de esos derechos a partir de la promulgación de Políticas Públicas de Discapacidad desde el mismo CND con plena participación de la sociedad civil (valga la redundancia) y con articulación interinstitucional y regional.

· De hecho las acciones afirmativas consagradas en esta ley no son acciones afirmativas, son acciones de garantía de derechos para la inclusión de las personas con discapacidad. No sé por qué entonces insistir en llamarlas acciones afirmativas.

· La ley en general como está formulada es otra ley 361 de 1997 con algunas adiciones y algunas sustracciones.

· Los artículos relacionados con la inclusión educativa no recogen el decreto 366 de 2009.

· Los artículos relacionados con inclusión laboral no recogen el problema que supone el artículo 26 de 361 y que actualmente se está discutiendo en el MPS en una mesa de trabajo.

· El tema de interdicción también ha sido motivo de análisis a partir de la Convención y se ha discutido en escenarios promovidos por instituciones como la Fundación Saldarriaga Concha, Asdown y PAIIS de la Universidad de los Andes. No es seguro si el fruto de esas discusiones se recoge aquí.


· Se implementa un Sistema de Información en Discapacidad cuando ya se han hecho y se están haciendo esfuerzos en ese sentido en el MPS. El problema es definir en una ley y a priori un sistema que por sus mismas característica es muy complejo y que aún no se ha estructurado a fondo y de manera armonizada entre instituciones y con los demás sistemas de información. Una de las cosas que hay que hacer antes de crear nuevos sistemas es evaluar los existentes, mirar cómo ha servido y qué fallas ha tenido el registro DANE y luego sí crear uno nuevo, si es el caso.

· Salam Gómez de Fundamental aporta consideraciones importantes sobre la discapacidad psicosocial (mental) que nunca antes se ha tenido en cuenta.

En Conclusión:

· Es preocupante que de nuevo estemos sacando nuevas leyes en discapacidad cuando lo que hay que hacer es desarrollar y avanzar en las que ya están. Seguimos aplazando la garantía efectiva de derechos por la formulación de leyes y planes inoperantes.

· Seguimos formulando leyes construidas desde algunos sectores de la sociedad o del gobierno, sin articular a todos los actores del sistema y sin el liderazgo del CND.

· Seguimos formulando leyes y programas sin la voz del país, sin la representación territorial y sin la adecuada participación ciudadana.

· Desde el punto de vista institucional, seguimos formulando leyes que no se han concertado intersectorialmente entre todos los organismos de gobierno que conforman el Sistema Nacional de Discapacidad y los GES.


· En mi opinión creo que antes de formular nuevas leyes iguales, es necesario consolidar el Sistema Nacional de Discapacidad, entender el enfoque de Derechos y garantizar espacios legítimos, reales y democráticos de participación ciudadana.


Cordialmente
Claudia Victoria Téllez

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